23 febrero, 2007

HIGIENE Y SALUD

CAPITULO I
Higiene y salud.
El estudiante Gransaberiano tiene derecho a:
Artículo 1. Aseo de instalaciones
Tener acceso a instalaciones adecuadas, patio de descanso, baños, restaurante, aula de clase, aulas especializadas, en perfecto aseo y salubridad, donde toda la comunidad es responsable del cuidad y mantenimiento.
Artículo 2. Primeros auxilios enfermería
Tener acceso al servicio de primeros auxilios, enfermería, botiquín, cuando la situación así lo amerite. Dicho servicio se encuentra bajo supervisión de la coordinación académica, y será manejado por el comité de Cruz Roja, en forma general. Dentro de cada curso habrá un delegado estudiantil nombrado al inicio del año que contribuirá con el buen funcionamiento.
Artículo 3. Seminarios charlas y talleres
Recibir asesoría y capacitación que ayuden al conocimiento de parámetros de comportamiento para mantener un buen estado de salud y la prevención de adicciones en sus diferentes formas, alcoholismo, drogadicción y narcóticos y por otra parte, embarazos prematuros o no deseados y enfermedades de transmisión sexual, es importante que la comunidad sea asequible al conocimiento como retribución a la inversión que demanda los mismos, lo cual será el mejor incentivo para su continuidad.
Artículo 4. Campañas de prevención
Participar en campañas de beneficio individual y colectivo que busquen la preservación de la salud. Dichas campañas serán coordinadas por el Comité Paritario.
Parágrafo: El incumplimiento de cualquiera de estos derechos, se debe dar a conocer siguiendo lo establecido en el artículo 26 del capítulo IV del presente manual.


El estudiante Gransaberiano tiene el deber de:
Artículo 5. Aseo y salubridad
Colaborar con el aseo y salubridad de las diferentes instalaciones que se haga uso de ellas, de acuerdo con el Proyecto de Medio Ambiente, cada curso tendrá un grupo veedor que velara por el orden, aseo, estética y ornato de la institución.
Artículo 6. Uso de primeros auxilios y enfermería
Hacer uso adecuado de la enfermería y elementos del botiquín, solicitando su servicio a través del monitor de curso y los encargados del comité de Cruz Roja, y reintegrando los medicamentos utilizados con el fin de mantener la dotación, el estudiante que con frecuencia asista a este servicio, el coordinador de primeros auxilios, tendrá el deber de citar a los acudientes para que se inicie el respetivo tratamiento médico.
Artículo 7. Drogas y bebidas alcohólicas
En nuestra institución por ningún motivo los estudiantes podrán consumir bebidas embriagantes, ni sustancias psicoactivas, fumar, o cualquier otra forma de droga que atente contra la salud propia o la de los demás, dentro o fuera de la institución o portando el uniforme, será tenida en cuenta como falta grave y su reincidencia será gravísima. De igual manera padres o acudientes que se presenten en estado de embriaguez serán citados posteriormente y se iniciará un proceso de seguimiento al estudiante.
Artículo 8. Seguimiento u orientación
Asistir y participar activamente en todos los seguimientos individuales y colectivos que se den por los diferentes estamentos de la comunidad educativa en pro de la prevención y mejoramiento de la salud. Dicho seguimiento puede ser también solicitado a petición del estudiante o acudiente, o monitor de convivencia, ante el Departamento de Orientación. En todo caso se harán las respectivas citaciones, charlas, orientaciones y acuerdos en la eventualidad que el padre o acudiente, reincida en la inasistencia o en el incumplimiento de los acuerdos será remitido el caso a comisaría de familia.
Parágrafo. Son consideradas como faltas leves el incumplimiento de los artículos 5 y 8 y como faltas graves el 6 y 7. El procedimiento para solucionar los conflictos presentes se hará según parámetros establecidos en el capitulo V.

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